Cambios en el programa DACA

El 18 de junio de 2020 la Corte Suprema de los Estados Unidos dictaminó en el Dep't of Homeland Sec. v. Regentes de la Univ. de California, 140 S. Ct. 1891 (2020) que la decisión del Departamento de Seguridad Nacional (DHS por sus siglas en inglés) de rescindir la Acción Diferida para llegados en la niñez (DACA por sus siglas en inglés) violó la Ley de Procedimiento Administrativo.

La decisión de la Corte Suprema significó que (1) Individuos elegibles quienes nunca han tenido DACA debían solicitar la aplicación de DACA con el Servicio de Inmigración y Ciudadanía de Los Estados Unidos (USCIS por sus siglas en inglés): (2) Los beneficiarios de DACA debían aplicar por  la libertad condicional anticipada (libertad anticipada es permiso del gobierno para re ingresar luego de un viaje al exterior); (3) Los beneficiarios actuales de DACA pueden seguir aplicando para la renovación de DACA; (4) Los beneficiarios de DACA quienes tenían el DACA vencido por más de un ano no pueden aplicar por la renovación de DACA pero pueden aplicar por una solicitud inicial y (6) Los beneficiarios de DACA quienes el DACA no fue terminada no pueden solicitar por una renovación pero pueden aplicar por una solicitud inicial.

Desafortunadamente, la victoria de DACA en la Suprema Corte tuvo corta vida. El 28 de Julio de 2020, el Departamento de Seguridad Nacional anunció que a partir e el 28 de julio de 2020, USCIS rechazará todas las aplicaciones pendientes y futuros requerimientos iniciales para DACA, rechazará todas las aplicaciones pendientes y futuras para libertad condicional ausente a circunstancias excepcionales y limitará el periodo de renovación de DACA a un año. 

USCIS continuará adjudicando las solicitudes de renovación de DACA enviadas correctamente.

Si tienes alguna pregunta acerca de los nuevos cambios del programa de DACA, siéntete libre de contactar nuestra oficina y agendar una cita con uno de nuestros abogados. 

GCE